Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las personas físicas, las personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica legalmente constituidas, todas ellas con ánimo de lucro, que realicen las acciones objeto de la subvención
Cuantía
La cuantía de la subvención será el 85% respecto de los gastos que se consideren subvencionables en el apartado quinto, no pudiendo en ningún caso superar los 30.000 euros por beneficiario.
Formalización y presentación de solicitudes.
1.- Se presentará una solicitud por cada acción de bienestar con un máximo de dos solicitudes por beneficiario. Si se presentan más de dos solicitudes únicamente se tendrán en cuenta las
dos primeras presentadas.
2.- El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el primer día hábil siguiente a la producción de efectos de la presente convocatoria y finalizará el 31 de octubre de 2023.
Finalidad
La concesión de subvenciones públicas, en régimen de concesión directa, dirigidas a la promoción de acciones que contribuyan al bienestar laboral en los centros de trabajo de Castilla y León, con la finalidad de mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral.