Estado Subvención
Fecha Publicación
01-09-2020
Fecha Vencimiento
30-06-2021
¿ Vencida ?
Vencida

Personas físicas o jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica, que formalicen las contrataciones descritas, en centros de trabajo de Castilla y León, con personas que cumplan los requisitos para poder ser destinatarios de dichas contrataciones.

  • La cuantía de la subvención por la formalización de cada contrato subvencionable será de 50 € por día en que el trabajador esté contratado.
  • La cuantía se reducirá proporcionalmente en función del porcentaje de jornada que se pacte cuando los contratos temporales se concierten a tiempo parcial, teniendo en cuenta la jornada pactada en el momento de la formalización del contrato de trabajo.
  • En el supuesto de que el contrato de trabajo tuviese una vigencia superior a la fecha de finalización del periodo subvencionable, la cuantía de la subvención será proporcional al número de días incluidos dentro de dicho periodo subvencionable.

Se subvencionarán los siguientes contratos temporales, formalizados con personas desempleadas, que completen el periodo de contratación entre el 1 de septiembre de 2020 y el 30 de junio de 2021, ambos inclusive:
1. En el caso de la sustitución de trabajadores por cuenta propia o autónomos, se subvencionarán los contratos en cualquiera de las modalidades contractuales de naturaleza temporal establecidas por la normativa vigente, formalizados en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
2. En el supuesto de la sustitución de trabajadores por cuenta ajena, se subvencionarán los contratos temporales con cláusula específica de interinidad, formalizados en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
El contrato de trabajo deberá iniciarse dentro del periodo subvencionable y podrá concertarse a jornada completa o parcial, siempre que la parcialidad sea igual o superior al 50% y cubra durante todo el periodo subvencionable el porcentaje de jornada del trabajador sustituido.
En la misma convocatoria no se concederá más de una subvención por el mismo trabajador sustituido.
El contrato se formalizará por escrito y deberá ser objeto de comunicación a la oficina pública de empleo.

Categoría
Vencimiento
Vencida