Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las cooperativas y sociedades laborales con personas socias trabajadoras o de trabajo, inscritas en los Registros de Cooperativas y Sociedades Laborales de Castilla y León y que desarrollen su actividad económica dentro del territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Cuantía
a) La cuantía de referencia de la subvención será de 7.000 euros por cada persona procedente de situación de desempleo que se incorpore a jornada completa, como socio trabajador o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral. Si se trata de la incorporación, con carácter indefinido, como socio trabajador o socio de trabajo, de una persona trabajadora con contrato temporal o indefinido en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se incorpore como socia, la cuantía será de 5.500 euros.
b) Cuando la persona incorporada sea una mujer desempleada que se incorpora como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento, la cuantía de la subvención será de 8.000 euros.
c) Si la persona incorporada a jornada completa es mayor de 45 años o se trata de joven menor de 30 años, la subvención ascenderá a 8.500 euros.
d) Si la incorporación como socia a jornada completa lo es de una persona desempleada de larga duración, la cuantía será de 8.750 euros.
e) En el caso de personas con discapacidad con grado reconocido igual o superior al 33% o de personas desempleadas en situación de exclusión social, la cuantía de la ayuda será de 9.500 euros siempre que en ambos casos la incorporación sea a jornada completa. f) En los supuestos recogidos en las letras a), c), d) y e), la cuantía se incrementará en 500 euros si la persona incorporada es mujer.
Cuando la jornada de trabajo del socio trabajador o de trabajo incorporado sea a tiempo parcial la cuantía de la ayuda será proporcional a la duración de su jornada.
Finalidad
Incentivar la creación y mantenimiento del empleo en cooperativas y sociedades laborales a través de la incorporación de socios, dentro del programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales. El objeto es fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras con contrato de trabajo de carácter temporal o de carácter indefinido en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se incorporen como socias, que no tengan todavía la condición de socia trabajadora (Programa I).